Descripción
A QUIÉN VA DIRIGIDO?
A entidades que tengan una deuda pendiente de cobro y su deudor se encuentre en situación de concurso de acreedores.
EXISTE ALGÚN PLAZO?
Los plazos para comunicar los créditos concursales son los siguientes:
- En concursos ordinarios un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración de concurso
- En concursos abreviados quince días desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración de concurso
QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA?
Documentos o, en su caso, información relativa al importe y origen de la deuda
CUÁL ES EL PLAZO DE RESPUESTA?
Dos días laborables