Declaración de créditos concursales

Declaración de créditos concursales

30,00

Si la entidad tiene pendiente de cobro alguna deuda, independientemente de su importe, y el deudor se encuentra en concurso de acreedores, en LexPrevia redactamos y te orientamos para la comunicación formal del crédito para enviar al administrador concursal de forma que no tengas que romperte la cabeza con términos técnicos. Nosotros calificamos el crédito y te garantizamos que la comunicación se efectúe con “todas las de la ley” para evitar que tu deuda se quede al margen.

Importe de la deuda *

Origen de la deuda *

Está garantizada de alguna forma? *

Qué tipo de garantía se ha establecido?

Responder únicamente en el caso de haber respondido afirmativamente a la pregunta anterior

Documentación acreditativa (opcional)

(max file size 64 MB)

Descripción

A QUIÉN VA DIRIGIDO?

A entidades que tengan una deuda pendiente de cobro y su deudor se encuentre en situación de concurso de acreedores.

EXISTE ALGÚN PLAZO?

Los plazos para comunicar los créditos concursales son los siguientes:

  • En concursos ordinarios un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración de concurso
  • En concursos abreviados quince días desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración de concurso

QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA?

Documentos o, en su caso, información relativa al importe y origen de la deuda

CUÁL ES EL PLAZO DE RESPUESTA?

Dos días laborables