Reclamación cumplimiento de garantía

Recalama la garantía de procuctos dañados o defectuosos

Al adquirir productos para consumo cotidiano estamos protegidos por la propia Constitución Española (artículo 51), pese a ello, es habitual que algunas grandes compañías incurran por sistema en pequeños fraudes sabiendo que la mayoría de afectados no reclamará.

Obtienen de ese modo una ganancia más que suficiente para indemnizar a quienes sí ejercen sus derechos y, a mayores, lucrarse con las cuantías sobrantes.

Uno de los ejemplos más comunes de esta “industria del fraude” es el consistente en no aplicar (o, al menos, no comunicar en forma correcta) los verdaderos plazos de garantía de los productos que manifiestan daños, defectos o, simplemente, disconformidad con lo prometido.

En LexPrevia queremos ayudaros a luchar contra tales prácticas engañosas de una forma innovadora; aplicando el principio de que “la unión hace la fuerza” y garantizando los máximos niveles de eficacia, sencillez, transparencia y comodidad para los usuarios de nuestra web.

Además, pretendemos superar la rigidez y los altos precios de los despachos de abogados tradicionales y las barreras que impiden a las asociaciones de consumidores prestar un servicio jurídico completo.

¿Existe algún plazo?

El vendedor responde ante el consumidor por las faltas de conformidad que aparezcan en el producto, como mínimo, durante los 2 años siguientes a la entrega. En los productos de segunda mano cabe un plazo menor, pero nunca podrá ser inferior a 1 año.

El consumidor tiene derecho a la reparación del producto, a su sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato dentro de los 3 años siguientes la entrega.

Aunque no sea aplicable la protección especial para consumidores, toda persona o entidad que haya sido llevada a engaño al contratar tiene derecho a que se le indemnice económicamente por plazo de 15 años.

¿Qué documentación se necesita?

Si se trata de persona física: copia del DNI.

Si se trata de persona jurídica: escritura de constitución de la sociedad o cualquier otro documento público donde conste quien es el representante legal de la Sociedad a los efectos de iniciar el expediente en nombre de la sociedad.

Documento acreditativo de la compra del producto afectado.

¿Cual es el coste del servicio?

Los honorarios de la reclamación se determinan mediante una cantidad fija de 50 €, además del 5% de las cantidades que el cliente recupere.

Reclamación cumplimiento de garantía

50,00

DNI *

(max file size 64 MB)

Escritura de constitución de la sociedad

(max file size 64 MB)

Documento acreditativo de la compra del producto afectado

(max file size 64 MB)

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¿Te han enviado un producto que no era?