Reclamación de pequeñas deudas
Nuestro ordenamiento cuenta con un procedimiento judicial sencillo y muy útil para agilizar el cobro de deudas pendientes de pago. Una de sus mayores ventajas consiste en la posibilidad de su tramitación sin necesidad de contar con abogado ni procurador. Sin embargo, para el inicio del proceso de acuerdo con la ley deben cumplirse algunos requisitos que precisan de explicación detallada. De ahí que, para favorecer la utilización de esta utilidad de forma eficaz, sencilla, transparente y cómoda, LexPrevia pone a tu dispoisción este KIT DIY.
¿Qué se incluye?
¿A quién va dirigido?
Pequeños empresarios, profesionales, comunidades de propietarios y, en general, todos quienes pretendan de otro el pago de una deuda dineraria de cualquier importe, líquida, determinada, vencida, exigible y debidamente acreditada.